Se procede a la publicación del texto integro de la Ordenanza. Esta Ordenanza entrará en vigor, una vez aprobada definitivamente y publicada su texto íntegro en el Boletín Oficial de Cantabria y de conformidad, no obstante, con lo señalado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local. Contra la aprobación de la Ordenanza podrá interponerse, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguientes al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria.
Esta Ordenanza entrará en vigor transcurrido el plazo de quince días de su completa publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
El artículo 3.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero (Boletín Oficial del Estado de 2 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, dispone, que las administraciones educativas, una vez aprobadas sus respectivas ofertas de empleo, procederán a realizar la convocatoria para la provisión de plazas autorizadas en dichas ofertas de empleo.
Aprobada la oferta de empleo público del personal docente para el año 2016 en Cantabria mediante Decreto 8/2016, del Gobierno de Cantabria, de 18 de febrero (BOC del 29 de febrero) se procedió a realizar la convocatoria para la provisión por el sistema de ingreso libre, reserva de discapacidad y accesos para el ingreso en el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, en el ámbito de gestión de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Orden ECD/17/2016, de 8 de marzo, Boletín Oficial de Cantabria de 15 de marzo).
Desarrollado todo el proceso que marcaba la Orden de convocatoria y elevada la propuesta de seleccionados por los correspondientes tribunales y comisiones de selección y completada la fase de prácticas, la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria aprueba el expediente del concurso-oposición y publica la lista de aspirantes, que habiendo superado las pruebas, tienen derecho a ingresar en el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, por haber superado la fase de prácticas correspondiente al citado concurso-oposición, o estar exento de su realización y que fueron nombrados funcionarios en prácticas mediante Orden ECD/108/2016, de 29 de agosto (Boletín Oficial de Cantabria de 9 de septiembre) y regulada dicha fase de prácticas en Resolución de 8 de septiembre de 2016 (Boletín Oficial de Cantabria del 19 de septiembre), de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Cantabria.
Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 del Reglamento aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero; artículo 13.bis. 1. d. de la Ley de Cantabria 4/1993, de 10 de marzo y artículo 6 de la Ley de Cantabria 13/98 de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Esta Consejería de Educación, Cultura y Deporte ha dispuesto:
Primero.- Aprobar el expediente para nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, con efectos de 1 de septiembre de 2017, a los seleccionados en el concurso-oposición convocado por Orden ECD/17/2016, de 8 de marzo, que han resultado aptos en la fase de prácticas, o exento de su realización y cuya relación se publica como Anexo I.
Segundo.- Declarar pendientes de superar la fase de prácticas correspondiente al citado concurso-oposición a los funcionarios en prácticas relacionados en el Anexo II.
Tercero.- Remitir al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la relación de ingresados en el cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al servicio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por haber sido declarados aptos en la calificación de la fase de prácticas o estar exento de su realización, correspondiente al proceso selectivo convocado por Orden ECD/17/2016, de 8 de marzo, Boletín Oficial de Cantabria del 15 de marzo, a efectos de la expedición de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera.
Cuarto.- La adjudicación de destinos a los funcionarios docentes ingresados por esta Orden se aplica lo dispuesto en las normas generales de provisión de puestos de trabajo, así como en la Orden EDU/22/2009, de 12 de marzo (boletín Oficial de Cantabria de 23 de marzo).
Quinto.- Contra el contenido de la presente Orden, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, ante el Consejo de Gobierno de Cantabria, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 126 y siguientes de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria en concordancia con la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mediante Resolución del director gerente del Servicio Cántabro de Salud de 18 de mayo de 2017 (Boletín Oficial de Cantabria núm. 101 de 26 de mayo de 2017), se convoca la provisión de puesto de Jefatura de Unidad del Servicio Cántabro de Salud mediante el sistema de libre designación.
Vistos los artículos 50 y 5.3.e) de la Ley de Cantabria 9/2010, de 23 de diciembre, de personal estatutario de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Base 6ª de la convocatoria
Primero.- Resolver la referida convocatoria, adjudicando el puesto de Jefatura de Unidad del Servicio Cántabro de Salud en los términos que se señalan en el Anexo de esta resolución y con efectos desde la fecha de la toma de posesión.
Segundo.- Los adjudicatarios obtendrán un nombramiento temporal para el puesto de cuatro años de duración, al término de los cuales serán evaluados por una comisión, a efectos de su continuidad en el mismo.
Sirva la presente Resolución como notificación a los interesados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.
Por resolución de la consejera de Sanidad de 29 de junio de 2017 (Boletín Oficial de Cantabria nº 134, 12 de julio de 2017), se hizo publica la composición de la Comisión de Evaluación del proceso de evaluación de Miguel Carrascosa Porras como Jefe de Sección de Medicina Interna de la Gerencia de Atención Especializada del Área II: Hospital Comarcal de Laredo.
Ante la jubilación de uno de los vocales de la Comisión, se procede a modificar la composición, conforme a lo previsto en la Base 6ª de la mencionada Orden, en relación con el artículo 7 de la Orden SAN/5/2014, de 26 de febrero, por la que se regula el procedimiento de provisión y evaluación de los puestos de Jefatura de Servicio y Sección de Atención Especializada,
RESUELVO
ÚNICO.- Modificar la composición de la Comisión de Evaluación que actuará en el proceso de evaluación del puesto de Jefe de Sección de Medicina Interna de la Gerencia de Atención Especializada del Área II: Hospital Comarcal de Laredo, en los siguientes términos:
Designado por la consejera de Sanidad:
Titular: Alfonso Pérez del Molino Castellanos.
Suplente: José Luis Hernández Hernández.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo de Gobierno de Cantabria, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 128 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Información pública del resultado de la valoración para la formación de la Bolsa de Trabajo para cubrir las necesidades de contratación temporal de Conductores-Preceptores del Servicio Municipal de Transportes Urbanos. Formarán parte de la misma los aspirantes que a continuación se relacionan con la siguiente puntuación total:
Por sentencia número 242/2014 del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Séptima, en el recurso de casación número 4202/14, interpuesto por el Gobierno de Cantabria contra la sentencia de 16 de octubre de 2014, dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, en el recurso 31/2014, se estimó en parte el recurso contencioso-administrativo promovido por Francisco Antonio García Galve, reconociendo el derecho a que se le compute como mérito en el proceso selectivo, la experiencia docente en centros públicos por cuatro años y ocho meses acreditados con arreglo a lo que se establece en el anexo I de las bases, con las consecuencias legales exclusivamente para el recurrente inherentes a esa valoración.
En cumplimiento de dicha sentencia y una vez efectuada la valoración de la fase de concurso, conforme a la sentencia y ponderadas ambas fases (oposición y concurso), el recurrente obtiene una puntuación total de 6,4721 por lo que resulta seleccionado y fue nombrado funcionario en prácticas, mediante resolución de la Consejería de Educación Cultura y Deporte de 7 de abril de 2016, publicada en BOC número 74 de 19 de abril.
Habiendo superado la fase de prácticas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 del Reglamento aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero; artículo 13.bis 1.d) de la Ley de Cantabria 4/1993 de 10 de marzo y el artículo 6 de la Ley de Cantabria 13/98 de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
Esta Consejería de Educación, Cultura y Deporte dispone:
Primero.- Aprobar el expediente para nombrar funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, con efectos de 1 de septiembre de 2014, a D. Francisco Antonio García Galve, seleccionado en el concurso-oposición convocado por Orden ECD/39/2012 de 9 de mayo (BOC del 21), y cuya relación se publica como anexo I.
Segundo.- Remitir al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte los datos de la persona ingresada en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, al Servicio de la Comunidad Autónoma de Cantabria, correspondiente al proceso selectivo convocado por Orden ECD/39/2012 de 9 de mayo (BOC del 21), por haber resultado apto en la calificación de la fase de prácticas a efectos de la expedición del correspondiente título de Funcionario de Carrera.
Tercero.- Para la adjudicación de destino al funcionario docente ingresado por esta Orden se estará a lo dispuesto en las normas generales de provisión de puestos de trabajo, así como en la Orden EDU/22/2009 de 12 de marzo (BOC del 23).
Cuarto.- Cualquier controversia sobre el contenido de esta resolución, deberá plantearse mediante el oportuno incidente de ejecución de sentencia.
1.- Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Instituto Municipal de Deportes-Ayuntamiento de Santander.
b) Dependencia que tramita el expediente: Servicios Administrativos del I.M.D.
c) Nº de expediente: 300/2016.
2.- Dirección de Internet del perfil del contratante: www.santanderdeportes.com documentación, perfil del contratante.
3.- Objeto del Contrato:
a) Descripción del objeto: Ejecución de las obras de reforma de cubierta y paramentos exteriores de la fachada del pabellón de patinaje en el Complejo Deportivo Municipal "Ruth Beitia".
b) C.P.V.: 45212290-5.
c) Publicación anuncio licitación: B.O.C.: 5 de enero de 2017.
4.- Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto, con varios criterios de adjudicación.
5.- Valor estimado del contrato: 181.724,78 € (IVA no incluido).
6.- Presupuesto base de licitación máxima. Importe: 165.204,35 €. I.V.A. (21%): 34.692,91 €. Importe Total: 199.897,26 €.
7.- Formalización del contrato
a) Fecha de adjudicación: Consejo Rector de 7 de julio de 2017.
b) Fecha de formalización del contrato: 26 de julio de 2017.
c) Contratista: Siecsa, Construcción y Servicios, S. A., C.I.F. A-39015169.
d) Importe de adjudicación: 118.126,00 €. I.V.A. (21%): 24.806,46 €. Importe Total: 142.932,46 €.
e) Plazo de ejecución: 2 meses contados desde el día siguiente a la firma del acta de comprobación del replanteo.
f) Ventajas de la oferta adjudicataria: La oferta económicamente más ventajosa en base a los criterios establecidos en los pliegos de cláusulas administrativas.
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Suances.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c) Obtención de documentación e información:
1) Dependencia: Ayuntamiento de Suances.
2) Domicilio: Plaza de Viares 1.
3) Localidad y código postal: Suances 39340.
4) Teléfono: 942 811 811.
5) Telefax: 942 810 112.
6) Correo electrónico: secretaria@aytosuances.com.
7) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.suances.es.
8) Fecha límite de obtención de documentación e información: 15 días naturales contados desde el siguiente de la publicación de este anuncio en el BOC.
2. Objeto del contrato.
a) Tipo: Suministro.
b) Descripción: Camión grúa.
c) Plazo de ejecución: Dos meses.
3. Tramitación y procedimiento.
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Adjudicación: Concurso.
d) Criterios de adjudicación: Varios y según cláusula 10 pliego de clausulas administrativas.
4. Presupuesto base de licitación: 75.000 €, con el desglose de 61.983 € y 13.017 € de IVA.
5. Garantías exigidas: Definitiva 5% del importe de adjudicación.
6. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación.
a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales contados desde el siguiente de la publicación de este anuncio en el BOC.
b) Lugar de presentación: Ayuntamiento de Suances.
1) Dependencia: Registro General.
2) Domicilio: Plaza de Viares 1.
3) Localidad y código postal: Suances 39340.
4) Dirección electrónica: secretaria@aytosuances.com.
7. Apertura de ofertas.
a) Dirección: Plaza Viares 1.
b) Localidad: Suances.
c) Fecha y hora: Se comunicará por fax o correo electrónico a los licitadores.
8. Gastos de Publicidad: Por cuenta del adjudicatario hasta máximo de 1.500 euros.
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas celebrada el 21 de julio de 2017, se expone al público la cuenta general correspondiente al ejercicio 2016, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 10 de agosto de 2017, se aprobó inicialmente el presupuesto general, bases de ejecución y plantilla de personal para el presente ejercicio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, el citado presupuesto con su documentación preceptiva, permanecerá expuesto en la Secretaría General del Ayuntamiento, durante el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes ante el Pleno del Ayuntamiento.
El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 10 de agosto de 2017, se aprobó inicialmente el expediente de modificación de créditos 1/2017, consistente en suplemento de crédito para la ejecución de una inversión financiándose por aplicación del Remanente de Tesorería para gastos generales positivo.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 177 y ss del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público durante el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes ante el Pleno del Ayuntamiento.
Si transcurrido el plazo anteriormente expresado no se hubieran presentado reclamaciones, se considerará definitivamente aprobada esta modificación presupuestaria.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Aprobado por el Pleno de esta Corporación el expediente de modificación de créditos número 3/2017 dentro del vigente presupuesto general, estará de manifiesto en la Secretaría de esta Entidad, por espacio de quince días hábiles, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 169, en relación con el 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, durante cuyo plazo se podrán formular respecto del mismo, las reclamaciones y observaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido el plazo anteriormente expresado no se hubieran presentado reclamaciones, se considerará definitivamente aprobada esta modificación presupuestaria.
En sesión celebrada por el Ayuntamiento Pleno el 06/07/2017, se ha aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos número 3 del presupuesto general de 2017, con un importe total de 515.000,00 €. El detalle del mismo es el siguiente:
Concesión de créditos extraordinarios y/o suplementos de créditos aprobados, resumidos por capítulos:
Este expediente ha estado expuesto al público durante quince días hábiles, no habiéndose interpuesto contra el mismo reclamación alguna.
Contra la aprobación definitiva del citado expediente, los interesados legítimos podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
En sesión celebrada por el Ayuntamiento Pleno el 0607/2017, se ha aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos número 4 del presupuesto general de 2017, con un importe total de 15.367,00 €. El detalle del mismo es el siguiente:
Concesión de créditos extraordinarios y/o suplementos de créditos aprobados, resumidos por capítulos:
Este expediente ha estado expuesto al público durante quince días hábiles, no habiéndose interpuesto contra el mismo reclamación alguna.
Contra la aprobación definitiva del citado expediente, los interesados legítimos podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo Plenario de fecha 6 de julio de 2017, sobre el expediente de modificación de créditos número 6/2017, el cual se hace público en los siguientes términos:
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, en sesión celebrada el 8 de agosto de 2017, se expone al público la cuenta general correspondiente al ejercicio 2016 por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, en sesión celebrada el 7 de agosto de 2017, se expone al público la cuenta general correspondiente al ejercicio 2014 por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.
Por Resolución del interventor general de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de 30 de diciembre de 2016 (BOC número 15, de 23 de enero de 2017), se aprobó el Plan Anual de Control Financiero, Auditoría Pública y Otras Actuaciones de Control, para el ejercicio 2017.
El artículo 157 de la Ley de Cantabria 14/2006, de 24 de octubre, de Finanzas de Cantabria, prevé que la Intervención General de la Comunidad Autónoma pueda modificar y ampliar las auditorías incluidas inicialmente en el Plan Anual cuando existan circunstancias que así lo justifiquen. Asimismo, la Circular 1/2007, de 21 de febrero, de la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de Control Financiero Permanente, Auditoría Pública y Otras Actuaciones de Control, en su cláusula octava dispone que las autoridades o funcionarios, que consideren conveniente la realización de un control financiero no contemplado en el Plan de Auditorías, podrán elevar una propuesta o petición razonada a la Intervención General.
El 16 de mayo de 2017, el consejero de Economía, Hacienda y Empleo, en cumplimiento de las directrices de la Unión Europea y del Ministerio de Hacienda y Función Pública, solicita a la Intervención General dentro de sus actuaciones de Control Financiero Permanente, al amparo de lo dispuesto por la Ley de Cantabria 10/2001 de 28 de diciembre de creación del Servicio Cantabro de Salud, que depure urgentemente en evitación de posibles prescripciones, si existen pagos indebidos de intereses de demora a proveedores adheridos al Fondo para la Financiación de los Pagos a Proveedores.
Entendiendo que la petición está debidamente motivada y en virtud de lo anteriormente expuesto esta Intervención General.
Aprobar la modificación del Plan Anual de Control Financiero Permanente, Auditoria Pública y Otras Actuaciones de Control correspondiente al ejercicio 2017, mediante la ampliación de su contenido en los términos que a continuación se especifican:
III.1 SERVICIO CÁNTABRO DE SALUD
Al amparo de lo dispuesto por la Ley 14/2006, de Finanzas de Cantabria, y la Circular 1/2007, de la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, de Control Financiero Permanente, Auditoría Pública y Otras Actuaciones de Control, verificar el funcionamiento y gestión del Servicio Cantabro de Salud, con su necesaria colaboración, relativo al control y depuración de la existencia de pagos indebidos de intereses de demora a proveedores adheridos al Fondo para la Financiación de Pagos a Proveedores (FFPP) por parte de ese organismo autónomo. En caso de haberse efectuado pagos de intereses de demora a proveedores adheridos al citado Fondo se solicite informe en relación a las causas o circunstancias que los motivaron.
Todo ello en cumplimiento de la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 16 de febrero de 2017, de las directrices de la Unión Europea y del Ministerio de Hacienda y Función Pública.
En la secretaría del Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana obra el expediente referido al proyecto de expropiación, por procedimiento de tasación conjunta, para la obra "Reordenación del Frente Ferroviario (fase 2 Norte)", elaborado por el equipo redactor constituido por D. José del Río Miera y D. Juan Carlos Suárez Benedicto, abogados y D. Marco Antonio Pelayo Trueba, arquitecto, que ha tenido entrada en el registro municipal el 9 de junio de 2017 (RE-3936) y ha sido aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en su sesión ordinaria celebrada el 26 de julio de 2017.
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 166 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se abre un periodo de exposición al público por plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio en el BOC.
Durante el citado plazo, el mencionado proyecto de expropiación podrá ser examinado en la Secretaria del Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana, y quienes puedan resultar interesados podrán formular frente al mismo y ante el Ayuntamiento Pleno, las observaciones y reclamaciones que estimen convenientes.
BDNS(Identif.): 359061.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultase en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Con carácter general, podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente resolución los Pescadores o Propietarios de buques pesqueros, personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquéllas que reúnan los requisitos establecidos en la orden de convocatoria, así como los exigidos para este tipo de ayuda en el resto de su normativa reguladora.
Segundo. Objeto.
La convocatoria, para el año 2018, de las ayudas a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros reguladas en los artículos 32, 38, 40, 41 y 42 del Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, siempre que dichos buques tengan su puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden MED/1/2017, de 18 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP 2014-2020) (BOC nº 16, de 24 de enero de 2017).
Cuarto. Cuantía.
1.- La ayuda establecida en la presente Orden será cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca. Las ayudas convocadas en la presente Orden se concederán con cargo a la disponibilidad de la aplicación presupuestaria 05.05.415A.771 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2018, con una cuantía total máxima de 500.000,00 euros.
2.- La intensidad de ayuda publica concedida para las operaciones descritas en esta orden no puede exceder del 50% de los gastos subvencionables, siendo el resto financiado por el beneficiario como contribución privada, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 95 del Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1.- Las solicitudes se presentarán en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria de la presente resolución en el Boletín Oficial de Cantabria. Sólo se podrá presentar una solicitud por buque, comprensiva de todas sus inversiones, dentro de dicho plazo.
2.- Las solicitudes se podrán presentar en el Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (C/ Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 105, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, debiéndose adjuntar a la misma la documentación prevista en la presente Orden. Asimismo, se podrán presentar las solicitudes a través de registros telemáticos conforme a las disposiciones de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
El Pleno de este Ayuntamiento de Argoños, en sesión celebrada el día 30 de junio de 2017, acordó aprobar inicialmente la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Argoños, Documento 2ª aprobación, y someter el mismo y el Informe de Sostenibilidad Ambiental a información pública por plazo de cuarenta y cinco días, a fin de que cualquiera que lo desee pueda examinarlos y deducir durante el citado plazo cuantas alegaciones considere oportunas. Estos documentos pueden consultarse en las dependencias del Ayuntamiento de Argoños.
Así mismo, acordó la suspensión de licencias en todo el término municipal en aquellos supuestos en los que las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana actualmente vigente (2007), sean contrarias a la Revisión del Plan General en tramitación.
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 10 de agosto de 2017, se aprobó inicialmente el Programa de Desarrollo del Plan General de Ordenación Urbana del Ayuntamiento de Arnuero y su sometimiento a información pública por espacio de un mes.
El Programa de Desarrollo del PGOU se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 10 de agosto de 2017, se aprobó inicialmente el Proyecto de Urbanización y Accesos del Plan Parcial Bocarrero. Fase I y el expediente contenido en el mismo y su sometimiento a información pública por espacio de un mes.
El Programa de Urbanización y Accesos del Plan Parcial Bocarrero. Fase I y acuerdos contenidos en el expediente, se considerarán definitivamente aprobados si durante el citado plazo no se presentan reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Por don Javier Gutiérrez Mardarás, se está promoviendo solicitud de autorización de construcción de nave para explotación hortícola ecológica y vivienda vinculada Cm. Comillas a Rioturbio, 110, barrio Pelazo, referencia catastral 39024A015001100000PJ, con el número de expediente 522/2017.
Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 116.de la Ley de Cantabria 2/2001 de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, modificada por la Ley 3/2012, de 21 de junio, por la servidumbre de protección de costas, se somete a información pública por el plazo de quince días hábiles, a contar desde la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de Cantabria, durante el cual podrá ser examinado de lunes a viernes de 9 a 14 horas, y presentar las alegaciones que se consideren oportunas, si las hubiere, en el registro general del ayuntamiento o por cualquiera de los medios previstos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se ha solicitado autorización, por don Rafael González Comadira, para actividad de núcleo zoológico en las instalaciones sitas en suelo rústico de barrio Horna de Cubas, polígono 716, parcela 25, con referencia catastral 39062A716000250000HZ.
En cumplimiento del artículo 116 de la Ley de Cantabria 2/2001, de 25 de junio, se somete a información pública durante quince días a efectos de que se pueda examinar el expediente y presentar las alegaciones que se estimen procedentes.
Por la Alcaldía-Presidencia de este Ayuntamiento se ha dictado con fecha 30 de junio de 2017, la Resolución 2017002764, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
Aprobar definitivamente el Proyecto de Urbanización correspondiente a la Unidad de Actuación V-1, Mies del Valle, Tanos, promovido por la Junta de Compensación de citada Unidad de Actuación, con las condiciones establecidas en los informes técnicos emitidos al respecto.
El acto a que se contrae esta notificación pone fin a la vía administrativa, según establece el artículo 52.2 de la Ley 7/85, de 2 de abril, por lo que, con arreglo a la legislación vigente, contra el mismo puede interponer Vd. los siguientes recursos:
1º.- De reposición, con carácter potestativo, según lo señalado en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación de esta resolución y ante el mismo órgano que hubiere dictado el acto impugnado.
2º.- Contencioso-administrativo.- Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con sede en Santander, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación de esta resolución o de la resolución expresa del recurso potestativo de reposición. Si la resolución del recurso de reposición no fuese notificada en el plazo de un mes a contar desde la presentación del mismo, el recurso contencioso-administrativo podrá interponerse en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que se produzca la finalización del plazo de un mes establecido para la notificación de la resolución del recurso de reposición.
Si fuera interpuesto recurso potestativo de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, hasta tanto se haya resuelto expresamente aquel o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto por el transcurso de un mes desde su presentación sin haberse efectuado notificación de la resolución expresa del mismo.
3º.- Cualquier otro que estime procedente (artículo 40.2 Ley 39/2015, de 1 de octubre).
Peticionario: Ayuntamiento de Villafufre.
Nombre del río o corriente: Arroyo La Plata.
Término municipal y provincia: Villafufre (Cantabria).
Breve descripción de las obras y finalidad:
Expediente de autorización para ejecutar las obras incluidas en el proyecto "Colector de Saneamiento Escobedo-Villafufre", en dominio público hidráulico y zona de policía de cauces del arroyo La Plata, en el término municipal de Villafufre (Cantabria).
Lo que se hace público para general conocimiento por un plazo de un mes, a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, a fin de que los que se consideren perjudicados con lo solicitado, puedan presentar sus reclamaciones, durante el indicado plazo, en la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (Comisaría de Aguas, c/ Juan de Herrera número 1, 2º, 39071), donde estará de manifiesto el expediente.
De conformidad con lo previsto en los artículos 129.5 y 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con el artículo 117.ter.b) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria,
Someter a información pública el texto del proyecto de Decreto por el que se crea y regula el registro de asociaciones de mujeres de Cantabria, por el plazo de 20 días hábiles, a contar desde el primer día hábil siguiente al de su publicación en el BOC.
El texto completo del citado proyecto puede consultado en la Dirección General de Igualdad y Mujer (calle Castelar, nº 5, primera planta, Santander), en la página www.participacion.cantabria.es" www.participacion.cantabria.es, así como a través del portal web del Gobierno de Cantabria www.cantabria.es" www.cantabria.es y en el portal de transparencia del Gobierno de Cantabria www.transparencia.cantabria.es" www.transparencia.cantabria.es.
Dentro del plazo señalado, cualquier interesado podrá formular por escrito las alegaciones o aportaciones que considere oportunas respecto al contenido del proyecto de Decreto.
Las alegaciones se dirigirán a la Dirección General de Igualdad y Mujer y podrán presentarse en el Registro de la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social (calle Lealtad, nº 24 de Santander) o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
D. Xiaojun Huang solicita licencia municipal para el ejercicio de la actividad de bar con cocina, ubicada en c/ Fernández Hontoria, número 8, bajo, de este municipio.
Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 32 de la Ley 17/2006 de Cantabria de Control Ambiental Integrado se hace público, para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende instalar, puedan formular las observaciones pertinentes, en el plazo de veinte días, a contar desde la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de Cantabria.
Los vehículos que a continuación se relacionan, reúnen los requisitos establecidos en el artículo 106, de la vigente Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad Vial, "presentan desperfectos que hacen imposible el desplazamiento por sus propios medios o carece de ambas placas de matrícula".
Por la presente se requiere a los titulares que se citan en atención al referido artículo que en caso de que no retire su vehículo en el plazo de quince días contados desde esta notificación, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, siéndole de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 22/2011, de Residuos (Boletín Oficial del Estado 181 de 29 de julio), que define en su artículo 3.b como residuo urbano o municipal los vehículos abandonados "el abandono, vertido o eliminación incontrolada de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente", en cuyo caso podrá ser sancionado como responsable de una infracción grave (Art. 46.3.c de la citada Ley).
En el caso de que por este Ayuntamiento se procediese al achatarramiento de los vehículos, sería de aplicación la tasa establecida por la vigente Ordenanza Fiscal para este concepto.
Doña Begoña Allende Vega, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Nº 1 de Santander.
Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario, con el nº 0000019/2017 a instancia de José Antonio Morales Alonso frente a Píndio Sevicios y Construcciones SL, en los que se ha dictado la cédula de fecha 19/07/17, siguiente:
En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha dictada por la sra. letrada de la Administración de Justicia en el procedimiento arriba indicado, le dirijo la presente para que sirva de citación en legal forma.
PERSONA A LA QUE SE CITA COMO PARTE DEMANDADA: Píndio Sevicios y Construcciones SL, en ignorado paradero.
OBJETO DE LA CITACIÓN: Asistir en esa condición al/a los actos/s de conciliación, y en su caso, juicio.
Responder al interrogatorio solicitado por la parte contraria, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio, y que el/la magistrado/a-juez admita y declare pertinente.
LUGAR, DÍA Y HORA EN QUE DEBE COMPARECER: Se le cita para el día 11 de diciembre del 2017, a las 10:10 horas, en Sala de Vistas Nº 3, de este órgano, a la celebración del acto de conciliación ante el letrado de la Administración de Justicia, y a continuación para la celebración, en su caso, del acto de juicio en la Sala de Vistas de este órgano.
De no comparecer le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho (art. 58.1.e LRJS)
Santander, 19 de julio de 2017.
La letrada de la Administración de Justicia,
Begoña Allende Vega.
Y para que sirva de citación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a Píndio Sevicios y Construcciones SL, en ignorado paradero, libro el presente para su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria y colocación en el tablón de anuncios.
Doña María de las Mercedes Díez Garretas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Nº 2 de Santander.
Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de Seguridad Social, con el nº 0000313/2017 a instancia de Ana María Andrea Godderis frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Naviera e Tonning S. A. y Mutua Cyclops Mutual, en los que se ha dictado la cédula de fecha 1-06-2017, siguiente:
En virtud de lo acordado en resolución de esta fecha dictada por el/la Sr/a. letrado de la Administración de Justicia en el procedimiento arriba indicado, le dirijo la presente para que sirva de citación en legal forma.
PERSONA A LA QUE SE CITA COMO PARTE DEMANDADA: Naviera e Tonnign S. A., en ignorado paradero.
OBJETO DE LA CITACIÓN: Asistir en esa condición al/a los actos/s de conciliación, y en su caso, juicio.
Responder al interrogatorio solicitado por la parte contraria, sobre los hechos y circunstancias objeto del juicio, y que el/la magistrado/a-juez admita y declare pertinente.
LUGAR, DÍA Y HORA EN QUE DEBE COMPARECER: Se le cita para 3 de octubre de 2017 a las 10:20 horas, en Sala de Vistas Nº 3, de este órgano, a la celebración del acto de conciliación ante el letrado de la Administración de Justicia, y a continuación para la celebración, en su caso, del acto de juicio en la Sala de Vistas de este órgano.
De no comparecer le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho (art. 58.1.e LRJS).
Santander, 26 de julio de 2017.
La letrada de la Administración de Justicia,
María de las Mercedes Díez Garretas.
Y para que sirva de citación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a Naviera e Tonning S. A., en ignorado paradero, libro el presente para su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria y colocación en el tablón de anuncios.
Doña Oliva Agustina García Carmona, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Nº 6 de Santander.
Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de despidos/ceses en general, con el nº 0000140/2017 a instancia de Blessing Peter frente a Daniel Eguren Giurgiu, en los que se ha dictado resolución de fecha 19/07/2017, del tenor literal siguiente:
Habiéndose cumplimentado lo acordado por S.Sª y recibido el expediente requerido, se acuerda señalar nuevamente para la celebración del juicio el día 29 de septiembre del 2017 a las 12:00 horas, en Sala de Vistas Nº 3 de este órgano.
Comuníquese el nuevo señalamiento a las partes personadas y a quienes hubiesen sido citados judicialmente, citándoles con idénticos apercibimientos a los efectuados en el anterior señalamiento, sirviendo la presente resolución de citación en forma.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición por escrito ante la letrada de la Administración de Justicia que la dicta, en el plazo de tres días contados desde el siguiente a su notificación, expresándose la infracción en que la resolución hubiere incurrido, sin perjuicio del cual se llevará a efecto.
Así por esta diligencia lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.
Y para que sirva de citación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a Daniel Eguren Giurgiu, en ignorado paradero, libro el presente.
Doña María Damaris de Pablo Martín, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 4 de Torrelavega.
DOY FE Y TESTIMONIO: Que en el juicio sobre delitos leves nº 1129/2016 se ha acordado la publicación mediante edictos de resolución dictada en el referido procedimiento y que es del siguiente tenor literal:
En Torrelavega, a 22 de mayo de 2017.
D.ª PATRICIA BARTOLOMÉ OBREGÓN, Magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 4 de Torrelavega y su partido, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO SOBRE DELITOS LEVES 1.129/2016, seguida por un delito leve de HURTO contra D. TOMÁS DIEGO DE PABLO, habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal y figurando como denunciante D. GAVRIL-MARIAN DAN.
Que debo condenar y condeno a D. TOMÁS DIEGO DE PABLO por un delito leve de hurto, a la pena de un mes de multa, a 5 euros como cuota diaria, es decir, un total de ciento cincuenta euros (150 €) que se sustituirán en caso de impago por 15 días de responsabilidad personal subsidiaria.
Se condena al acusado al pago de las costas procesales.
Firme que sea la presente sentencia, procédase a inscribir como antecedente penal en el Registro correspondiente.
Líbrese testimonio de la presente, el cual se llevará a los autos de su razón quedando el original en el presente libro.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado para ante la Audiencia Provincial de Cantabria en el plazo de CINCO DÍAS desde su notificación.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior Sentencia por la misma Ilma. Sra. magistrada que la dictó, estando celebrando audiencia pública en Torrelavega, a 22 de mayo de 2017, de lo que yo el/la Letrado/a de la Admón. de Justicia doy fe.
Y para que conste y sirva de notificación a GAVRIL MARIAN DAN, actualmente en paradero desconocido, expido el presente.