Por Decreto de 23 de enero del año en curso, se ha resuelto delegar, los días 24 y 25 de enero de 2017, en el primer teniente de alcalde D. ALFREDO RODRÍGUEZ OTERO, el conjunto de atribuciones que legalmente corresponden a esta Alcaldía.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 44-2 y 47-2 del Real Decreto 2.568/1986.
Vista la propuesta del Director Gerente de la Gerencia de Atención Especializada del Área I: Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla" por la que solicita la aplicación del procedimiento especial de selección previsto en el artículo 16 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatutario temporal de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria (Boletín Oficial de Cantabria número 248, de 29 de diciembre de 2011), para la cobertura de una plaza de Facultativo Especialista de Área de Cirugía General y Aparato Digestivo.
De conformidad con lo previsto en el apartado del 3 del citado artículo 16 del Acuerdo,
Primero.- Convocar el procedimiento especial de selección para la cobertura de una plaza mediante nombramiento temporal, superior a seis meses, de Facultativo Especialista de Área de Cirugía General y Aparato Digestivo de la Gerencia de Atención Especializada del Área I: Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla", de acuerdo con las siguientes bases:
1ª.- Para poder participar en el procedimiento será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 4.1 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatutario temporal de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
2ª.-
1. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro del Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla", o en cualquiera de los lugares a que se refiere el artículo 105.4 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el plazo de quince (15) días hábiles contados desde el siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.
2. Junto con la solicitud de participación, los aspirantes deberán presentar la documentación acreditativa de los méritos alegados, así como de los requisitos aludidos en la base 1ª, en la forma establecida en el artículo 6.3 del Acuerdo por el que se regula la selección de personal estatutario temporal de Instituciones Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
3ª.- La evaluación será llevada a cabo por una Comisión Especial formada por los siguientes miembros:
- Presidente: Fernando del Canto Álvarez, Subdirector Médico de la Gerencia de Atención Especializada del Área I: Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla" (por delegación del director gerente del Hospital "Marqués de Valdecilla").
- Vocal: Juan Carlos Rodríguez San Juan, Jefe de Servicio de Cirugía General y Aparato Digestivo de la Gerencia de Atención Especializada del Área I: Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla".
- Secretaria: Fuensanta Muñoz Saco, Técnico Superior de la Función Administrativa de la Gerencia de Atención Especializada del Área I: Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla".
La citada Comisión estará asistida técnicamente por los siguientes empleados públicos del subgrupo A1 al servicio de la Administración Sanitaria:
- Ana Mª Campo Ruiz, Jefa de Servicio no Sanitario de la Gerencia de Atención Especializada del Área I: Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla".
- José Ignacio Martín Parra, Facultativo Especialista de Área de Cirugía General y Aparato Digestivo de la Gerencia de Atención Especializada del Área I: Hospital Universitario "Marqués de Valdecilla".
4ª.- El proceso selectivo constará de dos fases:
- Primera fase: Valoración de los candidatos de acuerdo con el baremo que consta como Anexo I (máximo 40 puntos).
- Segunda fase: Entrevista personal (máximo 10 puntos).
5ª.- El resultado de la selección, así como las puntuaciones obtenidas por todos los candidatos, se harán públicos por parte del centro correspondiente, el cual remitirá copia del acta al Comité de Seguimiento Autonómico y a la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud.
Segundo.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejera de Sanidad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de la misma en el BOC, en los términos previstos en el artículo 128 de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Servicio Cántabro de Salud.
b) Dependencia que tramita el expediente: Subdirección de Gestión Económica e Infraestructuras.
c) Obtención de documentación e información:
1. Dependencia: Subdirección de Gestión Económica e Infraestructuras.
2. domicilio: https://aplicaciones5.cantabria.es/PerfilContratante/inicioPerfilContratanteSCS.do
3. localidad y código postal: Santander 39011.
4. teléfono:942 202 811 - 942 315 546.
5. telefax: 942 202 639.
6. Dirección de internet del perfil del contratante: https://aplicaciones5.cantabria.es/PerfilContratante/inicioPerfilContratanteSCS.do.
d) Número de expediente: Procedimiento abierto. SCS2016/157.
Objeto del contrato:
a) Tipo: Contrato de servicios.
b) Descripción del objeto: Redacción del proyecto de ejecución, Dirección de obra, Dirección de ejecución de obra, Coordinación de Seguridad y Salud y Estudio Geotécnico de las Obras de Construcción del Centro de Salud de Santoña, Cantabria.
c) Plazo de ejecución: 90 días redacción proyecto. Dirección de obra, determinado por el plazo de ejecución de la obra y su liquidación, se estima en 36 meses.
Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Criterios de adjudicación: Varios.
Valor estimado del contrato: 249.557,49 euros.
Presupuesto máximo de licitación: 301.964,56 euros, IVA incluido.
Garantías exigidas: Definitiva, 5% del precio de adjudicación, IVA excluido.
Requisitos del contratista:
a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Ver Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: 27 de febrero de 2017, a las 13:00 horas.
b) Lugar de presentación: Servicio Cántabro de Salud, Registro General, Avenida Cardenal Herrera Oria, sin número, planta baja (edificio anexo al Hospital Cantabria), 39011 Santander.
Apertura de ofertas:
a) Descripción: Sobre B, documentación técnica sujeta a un juicio de valor.
b) Dirección: Avenida Cardenal Herrera Oria, sin número, planta baja.
c) Localidad. Santander
d) Fecha y hora: 15 de marzo de 2017, a las 09:30 horas.
Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Servicio Cántabro de Salud.
b) Dependencia que tramita el expediente: Subdirección de Gestión Económica e Infraestructuras.
c) Obtención de documentación e información:
1. Dependencia: Subdirección de Gestión Económica e Infraestructuras.
2. Domicilio: https://aplicaciones5.cantabria.es/PerfilContratante/inicioPerfilContratanteSCS.do
3. Localidad y código postal: Santander 39011
4. Teléfono: 942 202 811 - 942 315 546.
5. Telefax: 942 202 639.
6. Dirección de internet del perfil del contratante: https://aplicaciones5.cantabria.es/PerfilContratante/inicioPerfilContratanteSCS.do.
d) Número de expediente: Procedimiento abierto. SCS2016/158.
Objeto del contrato:
a) Tipo: Contrato de servicios.
b) Descripción del objeto: Redacción del proyecto de ejecución, Dirección de obra, Dirección de ejecución de obra, Coordinación de Seguridad y Salud y Estudio Geotécnico de las Obras de Construcción de las Consultas Externas en el Hospital Comarcal Sierrallana, Cantabria.
c) Plazo de ejecución: 90 días redacción proyecto. Dirección de obra, determinado por el plazo de ejecución de la obra y su liquidación, se estima en 36 meses.
Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Criterios de adjudicación: Varios.
Valor estimado del contrato: 291.798,00 euros.
Presupuesto máximo de licitación: 353.075,58 euros, IVA incluido.
Garantías exigidas: Definitiva, 5% del precio de adjudicación, IVA excluido.
Requisitos del contratista:
a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Ver Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: 27 de febrero de 2017, a las 13:00 horas.
b) Lugar de presentación: Servicio Cántabro de Salud, Registro General, Avenida Cardenal Herrera Oria, sin número, planta baja (edificio anexo al Hospital Cantabria), 39011 Santander.
Apertura de ofertas:
a) Descripción: Sobre B, documentación técnica sujeta a un juicio de valor.
b) Dirección: Avenida Cardenal Herrera Oria, sin número, planta baja.
c) Localidad: Santander.
d) Fecha y hora: 15 de marzo de 2017, a las 09:50 horas.
Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Servicio Cántabro de Salud.
b) Dependencia que tramita el expediente: Subdirección de Gestión Económica e Infraestructuras.
c) Obtención de documentación e información:
1. Dependencia: Subdirección de Gestión Económica e Infraestructuras.
2. Domicilio: https://aplicaciones5.cantabria.es/PerfilContratante/inicioPerfilContratanteSCS.do
3. Localidad y código postal: Santander 39011.
4. Teléfono: 942 202 811 - 942 315 546.
5. Telefax: 942 202 639.
6. Dirección de internet del Perfil del Contratante: https://aplicaciones5.cantabria.es/PerfilContratante/inicioPerfilContratanteSCS.do.
d) Número de expediente: Procedimiento Abierto. SCS2016/159.
Objeto del contrato:
a) Tipo: Contrato de servicios.
b) Descripción del objeto: Redacción del proyecto de ejecución, Dirección de obra, Dirección de ejecución de obra, Coordinación de Seguridad y Salud y Estudio Geotécnico de las Obras de Construcción de quirófanos y remodelación de consultas en el Hospital Comarcal de Laredo, Cantabria.
c) Plazo de ejecución: 90 días redacción proyecto. Dirección de obra, determinado por el plazo de ejecución de la obra y su liquidación, se estima en 36 meses.
Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto.
c) Criterios de adjudicación: Varios.
Valor estimado del contrato: 302.120,00 euros.
Presupuesto máximo de licitación: 365.565,20 euros, IVA incluido.
Garantías exigidas: Definitiva, 5% del precio de adjudicación, IVA excluido.
Requisitos del contratista:
a) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Ver Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: 27 de febrero de 2017, a las 13:00 horas.
b) Lugar de presentación: Servicio Cántabro de Salud, Registro General, Avenida Cardenal Herrera Oria, sin número, planta baja (edificio anexo al Hospital Cantabria), 39011 Santander.
Apertura de ofertas:
a) Descripción: Sobre B, documentación técnica sujeta a un juicio de valor.
b) Dirección: Avenida Cardenal Herrera Oria, sin número, planta baja.
c) Localidad. Santander.
d) Fecha y hora: 15 de marzo de 2017, a las 10:10 horas.
1. Entidad adjudicadora: Fundación Marqués de Valdecilla.
2. Objeto del contrato: Desarrollo de un proyecto de mediación intercultural.
3. Presupuesto base de licitación: 25.000,00 euros, exento de IVA.
4. Obtención de documentación e información:
a) Entidad: Fundación Marqués de Valdecilla. http://www.fmdv.org (Perfil del contratante).
b) Domicilio: E.U. de Enfermería (5ª planta), Avda. Valdecilla s/n, 39008 - Santander.
c) Teléfono: 942 33 10 77. Fax: 942 34 40 00.
d) Fecha límite de obtención de documentos e información: Durante el plazo de presentación de ofertas.
5. Presentación de las ofertas o de las solicitudes de participación:
a) Fecha límite de presentación: Hasta las 14 horas del décimo día hábil siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria. En caso de coincidir en sábado o festivo se aplazará hasta la misma hora del siguiente día hábil.
b) Documentación a presentar: La especificada en la cláusula 4 del pliego de cláusulas jurídicas particulares (PCJP).
c) Lugar de presentación: Registro de la Fundación Marqués de Valdecilla.
6. Apertura de ofertas:
a) El procedimiento de licitación se desarrollará de conformidad con lo establecido en la cláusula 6 del PCJP.
7. Criterios de valoración y ponderación:
— Precio (máx. 70 puntos).
— Titulación de los mediadores superior a la mínima exigida (máx. 15 puntos).
— Incremento del número de mediadores (se incluyen planes de voluntariado) (máx. 15 puntos).
8. Gastos de anuncio: Serán por cuenta del adjudicatario.
Por Resolución de Alcaldía de fecha 28 de diciembre de 2016, se adjudicó el contrato de obras consistentes en "sustitución de la cubierta de la piscina municipal de Los Corrales de Buelna", publicándose su formalización a los efectos del artículo 154 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
1. Entidad adjudicadora:
a. Organismo: Ayuntamiento de Los Corrales de Buelna.
b. Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c. Número de expediente: 2095/2016.
d. Dirección de internet del Perfil de Contratante: https://plataforma decontrataciondelestado.es
2. Objeto del contrato:
a. Tipo de contrato: Contrato de obras.
b. Descripción: Sustitución de la cubierta de la piscina municipal de Los Corrales de Buelna.
c. Medio de publicación del anuncio de licitación: BOC y Perfil de Contratante.
d. Fecha de publicación del anuncio de licitación: 9 de noviembre de 2016.
3. Tramitación y procedimiento:
a. Tramitación: Ordinaria.
b. Procedimiento: Abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación.
4. Presupuesto base de licitación:
Importe sin IVA: 412.489,50 euros. IVA: 86.622,79. Importe total: 499.112,29 euros.
5. Formalización del contrato:
a. Fecha de adjudicación: 28 de diciembre de 2016.
b. Fecha de formalización del contrato: 10 de enero de 2017.
c. Contratista: Siecsa Construcción y Servicios, S. A.
d. Importe de adjudicación: Importe sin IVA: 341.500,00 euros. IVA: 71.715,00 euros. Importe total: 413.215,00 euros.
e. Ventajas de la oferta adjudicataria: Es la oferta económicamente más ventajosa al haber ofertado un importe de 341.500,00 euros y 71.715,00 euros de IVA, una ampliación del plazo de garantía de 15 meses a añadir al plazo de un año establecido en el pliego de cláusulas administrativas particulares y una mejora en relación al contenido del proyecto consistente en el sistema de refrigeración y deshumidificación del gimnasio valorada en 71.589,03 euros sin IVA y 86.622,73 con IVA incluido.
Por Resolución de Alcaldía de fecha 14 de diciembre de 2016, se adjudicó el contrato de las obras consistentes en "puente sobre el río Mortera en Barros", publicándose su formalización a los efectos del artículo 154 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
1. Entidad adjudicadora:
a. Organismo: Ayuntamiento de Los Corrales de Buelna.
b. Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c. Número de expediente: 1774/2016.
d. Dirección de internet del perfil de contratante: https://plataforma decontrataciondelestado.es
2. Objeto del contrato:
a. Tipo de contrato: Contrato de obras.
b. Descripción: Puente sobre el río Mortera en Barros.
c. Medio de publicación del anuncio de licitación: BOC y Perfil de Contratante.
d. Fecha de publicación del anuncio de licitación: 20 de septiembre de 2016.
3. Tramitación y procedimiento:
a. Tramitación: Ordinaria.
b. Procedimiento: Abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación.
4. Presupuesto base de licitación: Importe sin IVA: 107.438,02. IVA: 22.561,98 euros. Importe total: 130.000,00 euros.
5. Formalización del contrato:
a. Fecha de adjudicación: 14 de diciembre de 2016.
b. Fecha de formalización del contrato: 9 de enero de 2017.
c. Contratista: Construcciones y Excavaciones Aníbal, S. L.
d. Importe de adjudicación: Importe sin IVA: 89.584,75 euros. IVA: 18.812,80 euros. Importe total: 108.397,55 euros.
e. Ventajas de la oferta adjudicataria: Ha ofertado un importe de 89.584,75 y 18.812,80 euros de IVA y con una ampliación del plazo de garantía de 15 meses.
Por Resolución de Alcaldía de fecha 14 de diciembre de 2016, se adjudicó el contrato de servicios de limpieza de las dependencias municipales y de los colegios públicos del término municipal de Los Corrales de Buelna, publicándose su formalización a los efectos del artículo 154 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.
1. Entidad adjudicadora:
a. Organismo: Ayuntamiento de Los Corrales de Buelna.
b. Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.
c. Número de expediente: 1783/2016.
d. Dirección de internet del Perfil de Contratante: https://plataforma decontrataciondelestado.es
2. Objeto del contrato:
a. Tipo de contrato: Contrato de servicios.
b. Descripción: servicios de limpieza de las dependencias municipales y de los colegios públicos del término municipal de Los Corrales de Buelna.
c. Medio de publicación del anuncio de licitación: BOC y Perfil de Contratante.
d. Fecha de publicación del anuncio de licitación: 25 de octubre de 2016.
3. Tramitación y procedimiento:
a. Tramitación: Ordinaria.
b. Procedimiento: Abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación.
4. Presupuesto base de licitación: Importe sin IVA: 112.000,00. IVA: 23.520,00 euros. Importe total: 135.520,00 euros.
5. Formalización del contrato:
a. Fecha de adjudicación: 14 de diciembre de 2016.
b. Fecha de formalización del contrato: 28 de diciembre de 2016.
c. Contratista: Samsic Iberia, S. L.U.
d. Importe de adjudicación: Importe sin IVA: 99.540,00 euros. IVA: 20.903,40 euros. Importe total: 120.443,40 euros.
e. Ventajas de la oferta adjudicataria: Ha ofertado un importe de 99.540,00 euros y 20.903,40 euros de IVA, habiendo ofertado asimismo una bolsa de horas para trabajos extraordinarios sin coste de 400 horas.
Resolución del excelentísimo Ayuntamiento de Santander por la que se publica la formalización del contrato de "concesión de la gestión del servicio de alumbrado público exterior de la ciudad".
1. Entidad adjudicadora:
a) Organismo: Ayuntamiento de Santander.
b) Dependencia: Servicio de Contratación.
c) Número de expediente: 315/15.
d) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.ayto-santander.es
2. Objeto del contrato:
a) Tipo de contrato: Concesión administrativa.
b) Descripción del objeto: Gestión del alumbrado público y la mejora de las instalaciones y reducción del consumo energético, de conformidad con el resultado de la Auditoría Energética, realizada por el Ayuntamiento, mediante concesión administrativa.
c) Boletín y fecha de publicación del anuncio de licitación:
BOC: Número 203, de fecha 22 de octubre de 2015.
3. Tramitación y procedimiento:
a) Tramitación: Ordinaria.
b) Procedimiento: Abierto con fases de valoración.
4. Presupuesto de licitación:
Importe total: 45.200.827,55 euros, IVA incluido.
5. Adjudicación:
a) Adjudicación de fecha: 29 de agosto, rectificado error material 12 de septiembre de 2016.
b) Fecha de formalización del contrato: 28 de octubre de 2016
c) Contratista: ELECNOR, S. A.
d) Información general: Página web del Ayuntamiento: www.ayto-santander.es - Perfil del Contratante.
Por acuerdo de la Junta Vecinal de Treceño, de fecha día 23 de enero de 2017, se aprobó, por unanimidad de los presentes, el pliego de condiciones de contratación para el arrendamiento de una finca rústica de carácter patrimonial para aprovechamiento del uso privativo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 del RD 1.372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, se anuncia subasta, por procedimiento abierto, para adjudicar el contrato, conforme el siguiente contenido:
I.- Objeto del contrato: Es objeto del contrato aprovechamiento de la finca del polígono 27, parcela 96, del Catastro de Valdáliga, mediante arrendamiento, de la finca de carácter patrimonial de esta Junta Vecinal de Treceño.
II.- Duración del contrato: Veinte (20 años).
III.- Precio base de licitación: 103,19 euros anuales, mejorables al alza, más los impuestos que correspondan según la legislación vigente en cada momento.
IV.- Pago: El pago del precio se efectuará anualmente durante el primer mes del año.
V.- Publicidad del pliego: Estará de manifiesto todos los días hábiles en las Oficinas Municipales del Ayuntamiento de Valdáliga. Información complementaria: Oficinas Municipales, barrio Las Cuevas, número 1, Roiz - Valdáliga. CP: 39593. Teléfono: 942 709 301.
VI.- Garantía provisional: Exenta.
VII.- Exposición del pliego de cláusulas administrativas particulares: Durante los ocho primeros días hábiles, siguientes a la publicación de este anuncio, suspendiéndose la licitación en caso de impugnación.
VIII.- Garantía definitiva: Una anualidad del importe de adjudicación.
IX.- Presentación de proposiciones: Durante los 10 días hábiles siguientes a la publicación del anuncio de licitación, en las oficinas del Ayuntamiento de Valdáliga.
X.- Apertura de proposiciones: Tendrá lugar a las 20:00 horas del primer lunes hábil siguiente a la conclusión del plazo para presentación de proposiciones.
XI.- Modelo de proposición: El recogido en el anexo I del pliego de cláusulas administrativas.
XII.- Gastos a cargo del adjudicatario: Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos: Los de anuncio que genere el concurso y los preparatorios y de formalización del contrato; los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato y los de formalización pública del contrato de adjudicación si se solicitase.
Aprobado definitivamente el presupuesto general del Ayuntamiento de Comillas para el ejercicio 2017, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del presupuesto general de la Entidad, bases de ejecución y plantilla de personal, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos.
A.- FUNCIONARIOS DE CARRERA.
1.- Escala de funcionarios con habilitación de carácter nacional. Subescala de Secretaría-Intervención. Grupo A. Subgrupo A1. Nivel 30. Número de plazas: 1.
2.- Escala de Administración Especial. Subescala Técnica. Denominación: Arquitecto. Grupo A. Subgrupo A1. Nivel 28. Número de plazas: 1.
3.- Escala de Administración Especial. Subescala Técnica. Denominación: Economista. Grupo A. Subgrupo A1. Nivel 28. Número de plazas: 1.
4.- Escala de Administración General. Subescala Administración. Denominación: Administrativo. Grupo C. Subgrupo C1. Nivel 22. Número de plazas: 1.
5.- Escala de Administración General. Subescala Auxiliar. Denominación: Auxiliar Administrativo. Grupo C. Subgrupo C2, Nivel 17. Número de plazas: 3.
6.- Escala de Administración Especial. Subescala Servicios Especiales. Denominación: Auxiliar de Turismo. Grupo C. Subgrupo C2. Nivel 17.Número de plazas: 2.
7.- Escala de Administración Especial. Subescala Servicios Especiales. Denominación: Cabo (Oficial según Ley 3/2014) de Policía Local. Grupo C. Subgrupo C1. Nivel 22. Número de plazas: 1.
8.- Escala de Administración Especial. Subescala Servicios Especiales. Denominación: Policía Local. Grupo C. Subgrupo C1. Nivel 20. Número de plazas: 4.
9.- Escala de Administración General. Subescala Subalternos. Denominación: Algüacil. Grupo "Agrupaciones Profesionales". Nivel 14. Número de plazas: 1.
10.- Escala de Administración General. Subescala Subalternos. Denominación: Operario Servicios Múltiples. Grupo "Agrupaciones Profesionales". Nivel 13. Número de plazas: 1.
B.- ALTOS CARGOS.
1.- Concejal liberado a tiempo parcial (50%). Número de plazas: 4.
D.- PERSONAL LABORAL.
1.- Agente de desarrollo Local. Número de plazas: 1.
2.- Bibliotecario/a. Número de plazas: 1.
3.- Administrativo de Recursos Humanos. Número de plazas: 1.
4.- Técnico Auxiliar de Informática. Número de plazas: 1.
5.- Conserje. Número de plazas: 1.
6.- Limpiador/a. Número de plazas: 1.
7.- Peón de limpieza. Número de plazas: 2.
8.- Peón mantenimiento. Número de plazas: 6 (2 a 25% Jornada por jubilación parcial).
E.- PERSONAL LABORAL TEMPORAL.
1.- Peón de mantenimiento (contrato relevo). Número de plazas: 2.
F.- PERSONAL LABORAL TEMPORAL contratado en base a subvenciones de las Administraciones Públicas.
1.- Monitor/a Escuela Taller. Número de plazas: 1 (1 año).
2.- Administrativo Escuela Taller. Número de plazas: 1 (1 año)).
3.- Alumno Trabajador de Escuela Taller. Número de plazas: 15. Contrato de Formación. (1 año).
4.- Personal varias categorías "Corporaciones locales" (se prevén 26 personas durante 6 meses).
Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
El expediente nº 7 de modificación presupuestaria del Ayuntamiento de Comillas para el ejercicio 2016 queda aprobado definitivamente con fecha 17 de enero de 2017 en vista de lo cual, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se procede a la publicación de dicha modificación del presupuesto resumida por capítulos.
Contra la aprobación definitiva de la modificación presupuestaria podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 en relación con los artículos 177 y 179 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
En sesión celebrada por el Ayuntamiento Pleno el 26 de enero de 2017, se ha aprobado inicialmente el expediente de modificación de créditos número 1/17, dentro del presupuesto general de 2017, cuyo importe es de 1.417.027,22 euros.
El citado expediente estará expuesto al público por espacio de quince días hábiles, de conformidad con lo establecido en el R.D.L 2/2004, de 5 de marzo, y R.D. 500/90, de 20 de abril, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno.
Si transcurrido el plazo de exposición pública del expediente no se presentase ninguna reclamación contra el mismo, quedará aprobado definitivamente.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, artículos 169 y 170, y en la Disposición Adicional 16 de la Ley 7/85, habida cuenta de que el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el 19 de diciembre de 2016 adoptó el acuerdo de aprobación inicial del presupuesto, bases de ejecución y plantilla de personal para el ejercicio 2017.
Finalizado el plazo de exposición pública de 15 días hábiles a contar desde la publicación del anuncio correspondiente al acuerdo de aprobación inicial en el Boletín Oficial de Cantabria extraordinario número 49, de fecha 31 de diciembre de 2016, se eleva dicho acuerdo a definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el citado plazo de exposición pública.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 171 del RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo directo contra esta aprobación ante el Juzgado Contencioso-Administrativo correspondiente, con sede en Santander, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 169.3º de RD Leg. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, así como artículo 20.1º del RD 500/90, de 20 de abril, se hace público el siguiente resumen por capítulos del mismo:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público el resumen por capítulos del presupuesto del Ayuntamiento para 2016, una vez incorporado al mismo el expediente de modificación de crédito número 16, aprobado inicialmente por acuerdo plenario de fecha 19 de diciembre de 2016 y elevados automáticamente a definitivos al no haberse presentado reclamaciones en el periodo de información pública.
A fin de dar cumplimiento a lo prevenido en los artículos 112.3 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases del Régimen Local; artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales; y artículo 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril,
Habiendo sido aprobados inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el 15 de diciembre de 2016 el presupuesto general y la plantilla de personal de esta Entidad para el ejercicio 2017, no habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, se consideran definitivamente aprobados, y se hacen públicos. El presupuesto, resumido a nivel de capítulos, es el siguiente:
Asimismo, en la misma sesión, se aprobó la plantilla de personal, que se detalla de la siguiente forma:
A) Funcionarios con Habilitación de Carácter Nacional:
— Secretario-interventor: 1 plaza
B) Personal Laboral Indefinido no Fijo:
— Auxiliar Administrativo: 1 plaza
Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, por los legitimados del artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, con arreglo a los motivos de su número 2, en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria.
A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se hace público para general conocimiento, que esta Corporación, adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente de modificación de crédito número tres dentro del presupuesto general de 2016, sobre transferencias de crédito entre aplicaciones de gastos de distinto área de gasto, que se relacionan a continuación por capítulos:
Contra la aprobación definitiva de la modificación presupuestaria podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 en relación con los artículos 177 y 179 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 169 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y no habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del presupuesto, bases de ejecución y plantilla del personal para el ejercicio económico de 2016 (publicado en el BOC nº 4, de fecha 8 de enero de 2016), se consideran definitivamente aprobados dichos documentos, conforme a lo dispuesto en el precitado artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por lo que se hace público lo siguiente:
1) Resumen por capítulos del presupuesto general para 2017.
2) Plantilla de personal de esta Corporación para el ejercicio de 2017.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
Por el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de enero de 2017, ha sido acordada la aprobación provisional del expediente de modificación de crédito número 1/17 por crédito extraordinario y suplemento de crédito, y corrección de error en la plantilla de personal laboral, se hace público que dicho expediente se encuentra de manifiesto al público, en la Secretaría Municipal por el plazo de quince días hábiles, a efectos de que por quienes ostenten la condición de legitimados puedan presentar reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 en relación con el 169.1 y 170, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Si transcurrido el plazo de exposición pública del expediente no se presentase ninguna reclamación contra el mismo, quedará aprobado definitivamente.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 22 de diciembre de 2016, dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 10 de octubre de 2016, dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Aprobado definitivamente el presupuesto general del Concejo Abierto de Cervatos para el ejercicio 2017, al no haberse presentado reclamaciones en el período de exposición pública, y comprensivo aquel del presupuesto general de la Entidad, bases de ejecución y plantilla de personal, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos.
Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2016 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 23 de enero de 2017, dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 15 de abril de 2016, dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 31 de marzo de 2016, dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 30 de mayo de 2016, dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 30 de marzo de 2016, dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 27 de diciembre de 2016 dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 31 de octubre de 2016 dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 10 de mayo de 2016, dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 24 de enero de 2017, dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 4 de noviembre de 2016, dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 29 de diciembre de 2016 dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
Formulada y rendida la cuenta general del ejercicio 2015 y habiendo sido informada por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad con fecha 27 de diciembre de 2016, dicha cuenta general se expone al público junto con sus justificantes e informe de dicha Comisión por espacio de quince días, durante cuyo plazo y ocho días más, se podrán formular los reparos y observaciones que se consideren oportunos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habiendo sido intentada en forma legal a través de los servicios de Correos la notificación al interesado del acto que a continuación se expresará, sin que dicha notificación haya podido ser efectuada, por medio de la presente se procede a publicar una somera indicación del contenido del acto a notificar, así como del lugar y plazo de posible comparecencia para conocimiento íntegro del mismo.
Nº DE EXPEDIENTE: 19/15.
TIPO DE PROCEDIMIENTO: Sancionador.
ACTO A NOTIFICAR: Propuesta de Resolución.
TÉRMINO MUNICIPAL: Miengo.
INTERESADO/S: ALEJANDRA BOLADO SAN EMETERIO.
DNI: 72132239F.
El expediente administrativo completo obra en las dependencias de la Dirección General de Urbanismo, Servicio de Urbanismo y Tramitación de Expedientes de la Comisión Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo sitas en C/ Lealtad 14, 1º, de la ciudad de Santander; lugar en que podrá ser consultado el expediente en horario de 09.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos.
El interesado, o en su caso su representante legal debidamente acreditado, dispone de plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria para comparecer y ser notificado del contenido íntegro del acto a notificar.
Si transcurriere el aludido plazo sin que se produjera dicha comparecencia, se producirán los efectos establecidos en la legislación administrativa.
Por Decreto de Alcaldía nº 58 de 16 de enero de 2017, se aprobaron los padrones fiscales correspondientes al municipio de Castro Urdiales por Suministro de Agua, Alcantarillado, Recogida Domiciliaria de Basura y Canon de Saneamiento del Gobierno de Cantabria correspondiente al cuarto trimestre de 2016.
Con esta fecha se expone al público, a efectos de reclamaciones en el departamento de Rentas del Ayuntamiento sito en la calle Leonardo Rucabado, nº 5 bis en horario de 9:00 h a 13:00 h durante el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOC, al objeto de que los interesados puedan proceder a su examen e interponer si lo estiman conveniente recurso de reposición previo al contencioso administrativo en el plazo de un mes, a contar desde la finalización del periodo de exposición al público de los correspondientes padrones.
El presente anuncio servirá de notificación colectiva a los efectos de lo dispuesto en el art. 102.3 de la Ley 58/2008, de 17 de diciembre, Ley General Tributaria.
De conformidad con lo establecido en el artículo 68 del RD 939/2005 de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, el periodo voluntario de cobranza, que será común para los distintos conceptos que se anuncian, abarcará el plazo comprendido entre los días 23 de enero al 23 de marzo de 2017 ambos inclusive.
Los pagos se realizarán mediante domiciliación bancaria o en dinero efectivo en las oficinas de Caja Cantabria. Dirección: Cualquier oficina de Liberbank.
De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley General Tributaria, finalizado el período para el pago voluntario, se procederá directamente al cobro por vía de apremio con el recargo (ejecutivo 5%, recargo de apremio reducido 10%, recargo de apremio ordinario 20%) según el caso, más intereses de demora, gastos y costas en los supuestos en que corresponda, exclusivamente en las Oficinas de la Recaudación Ejecutiva. Se podrá solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 24 del Reglamento General de Recaudación (RD 939/2005), se pone en conocimiento de los clientes del Servicio Municipal de Aguas del Ayuntamiento de Corvera de Toranzo que, con fecha de 18 de enero de 2017 y correspondiente al padrón del 4º trimestre de 2016, se ponen al cobro los recibos unificados de agua y alcantarillado.
La duración del período voluntario será de 19 de enero al 19 de marzo de 2017. Los pagos se realizarán mediante domiciliación bancaria o en efectivo en las oficinas del Banco Santander Central Hispano Alceda.
Dirección: Carretera general, 23 (Alceda).
Horario: lunes a viernes de 8:30 a 10:30 horas.
Transcurrido el plazo de ingreso en el período voluntario, el importe de los recibos será exigido por el procedimiento de apremio y devengará el recargo que corresponda, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan, pudiendo precederse al corte de suministro.
En virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, los que por razón de su cargo o empleo público tuvieran noticia del fallecimiento intestado de alguna persona que carezca de herederos legítimos, estarán obligados a dar cuenta del mismo a la Delegación de Economía y Hacienda de la provincia en la que, según su información, el causante hubiera tenido su último domicilio.
Igual obligación incumbe a los responsables del centro o de la residencia en que hubiera vivido el causante, y al administrador o representante legal del mismo.
Todo particular no comprendido entre los citados anteriormente, podrá denunciar el fallecimiento intestado de una persona que carezca de herederos legítimos mediante escrito dirigido a la Delegación de Economía y Hacienda de la provincia en que, según su información el causante hubiera tenido su último domicilio.
Acompañará a dicho escrito cuantos datos posea de aquel y, concretamente, la justificación del fallecimiento del causante, el domicilio del mismo en tal momento, la procedencia de la sucesión intestada por concurrir algunos de los supuestos previstos en el artículo 912 del Código Civil, la relación de sus bienes y derechos, e información sobre las personas que en su caso los estuviesen disfrutando o administrando.
Los denunciantes a que se refiere el apartado anterior tendrán derecho a percibir, en concepto de premio, el diez por ciento de la parte que proporcionalmente corresponda, en el caudal líquido resultante, a los bienes relacionados en su denuncia, computando los bienes que en su caso se exceptúen de venta.
Las comunicaciones de otras Administraciones Públicas no devengarán el derecho a premio regulado en la Ley.
El Pleno del Ayuntamiento de Arnuero, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de diciembre de 2016, acordó la aprobación inicial de Ordenanza reguladora del Funcionamiento de las Pistas de Pádel municipales y de la Tasa por Utilización de sus Instalaciones.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
BDNS (Identif.): 329741.
Modificación del extracto de la Orden HAC/1/2017, de 17 de enero de 2017, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se convocan becas para postgraduados destinadas a impulsar la especialización en asuntos europeos en 2017 y 2018.
Apreciado error en el punto "Cuarto" del extracto de la Orden HAC/1/2017, de 17 de enero de 2017, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo por la que se convocan becas para postgraduados destinadas a impulsar la especialización en asuntos europeos en 2017 y 2018, se procede a modificar el mismo en el siguiente sentido:
Donde dice:
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden, por la que se establecen las bases reguladoras del concurso Objetivo Europa, publicada el en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC nº).
Debe decir:
Cuarto. Bases reguladoras.
Esta convocatoria se regirá por lo establecido en la Orden HAC/55/2016, de 10 de noviembre (BOC nº 223 de 21 de noviembre), por la que se establecen bases reguladoras para la concesión de becas para postgraduados destinadas a impulsar la especialización en asuntos europeos.
BDNS (Identif.): 330889.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultase en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
Con carácter general, podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden los pescadores o propietarios de buques pesqueros, personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de agrupación de aquellas que reúnan los requisitos establecidos en la orden de convocatoria, así como los exigidos para este tipo de ayuda en el resto de su normativa reguladora.
Segundo. Objeto.
La convocatoria, para el año 2017, de las ayudas a conceder, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros reguladas en los artículos 32, 38, 40, 41 y 42 del Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, siempre que dichos buques tengan su puerto base en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden MED/1/2017, de 18 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones a bordo de los buques pesqueros cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP 2014-2020) (BOC nº 16, de 24 de enero de 2017).
Cuarto. Cuantía.
1.- La ayuda establecida en la presente Orden será cofinanciada por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca. Las ayudas convocadas en la presente Orden se concederán con cargo a la disponibilidad de la aplicación presupuestaria 05.05.415A.771 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2017, con una cuantía total máxima de 500.000,00 euros.
2.- La intensidad de ayuda pública concedida para las operaciones descritas en esta Orden no puede exceder del 50% de los gastos subvencionables, siendo el resto financiado por el beneficiario como contribución privada, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 95 del Reglamento (UE) nº 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de mayo de 2014 relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
1.- Las solicitudes se presentarán en el plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria de la presente Orden en el Boletín Oficial de Cantabria. Sólo se podrá presentar una solicitud por buque, comprensiva de todas sus inversiones, dentro de dicho plazo.
2.- Las solicitudes se podrán presentar en el Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación (calle Albert Einstein, 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), en cualquier otro Registro o lugar de los previstos en el artículo 105, de la Ley 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, debiéndose adjuntar a la misma la documentación prevista en la presente Orden. Asimismo, se podrán presentar las solicitudes a través de Registros Telemáticos conforme a las disposiciones de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
BDNS (Identif.): 329273.
Advertido error en extracto de convocatoria publicada en el BOC número 18, de 26 de enero de 2017, se procede a su publicación integra.
Convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto y material curricular para educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, Bachillerato o similares. (2016-2017).
Por Resolución de Alcaldía número 14, de fecha 12 de enero de 2017, se efectúa convocatoria de ayudas al Estudio de los Vecinos de Potes para el CURSO ESCOLAR 2016-2017 que tiene como finalidad la promoción y el fomento del estudio, en beneficio de los habitantes del municipio, de conformidad con la Ordenanza reguladora de las Ayudas para la Adquisición de Libros de Texto y Material Curricular para Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato o similares de los Vecinos de Potes, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 241, de fecha 19 de diciembre de 2016, a la cual se remite la presente convocatoria respecto a beneficiarios, objeto, requisitos, solicitudes, documentación y procedimiento.
Las ayudas se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 3260.48005.
BENEFICIARIOS.-
Todas las personas residentes en el municipio (será imprescindible que residan con carácter efectivo y acreditado, tanto los progenitores como los menores que cursen los estudios)
DOCUMENTACIÓN.-
Copia Compulsada del Documento Nacional de identidad o de la Tarjeta de Residencia del Solicitante, Libro de Familia o en su caso resolución acreditativa de la patria potestad.Certificado de estar al corrientes de en las obligaciones tributarias, Seguridad Social y tributos municipales
Certificado de matrícula del Centro Escolar.
Factura en regla, expedida a nombre del padre/madre/tutor del coste de adquisición de libros de texto, material escolar, u otros gastos vinculados a los estudios incluida la cuota de Banco de recursos educativos el importe concedido no podrá superar la cuantía debidamente justificada a través de facturas.
Copia de la declaración de la renta del ejercicio anterior de los miembros que constituyan la unidad familiar. Cuando no se disponga de Declaración de la Renta se aportará certificado negativo de la Agencia Tributaria.
Título de familia numerosa o acreditación oficial de minusvalía en su caso.
Será imprescindible la aportación de FICHA DE TERCEROS con cuenta de banco para el ingreso de la ayuda.
Las solicitudes formuladas serán COMPLETADAS DE OFICIO CON EL CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO de quienes deban de estarlo, según lo dispuesto en el artículo 2 de la Ordenanza.
Las solicitudes, dirigidas al alcalde-presidente del Ayuntamiento de Potes, se presentarán dentro del plazo de 1 mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, acompañada de los documentos indicados en la Ordenanza reguladora.
Las instancias se encuentran a disposición de los interesados en el Ayuntamiento de Potes, calle San Roque, número 7, 39570 Potes, en horario de 09:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes.
Don Óscar Sebrango Bedoya, solicita autorización para la INSTALACIÓN DE UNA TIROLINA, desde Cotera de la Cruz a Mogrovejo, sobre varias parcelas del Catastro de Rústica del Término Municipal de Camaleño, en suelo calificado como rústico de especial protección.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 116.1 de la Ley 2/2001, de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, según modificación de la Ley de Cantabria 2/2009, de 3 de julio, se somete a información pública por si se considera pertinente formular alegaciones sobre la referida construcción.
Éstas deberán presentarse por escrito ante la Secretaría de este Ayuntamiento en el plazo quince días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del presente anuncio.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.1 de la Ley 3/2012, de 21 de junio, por la que se modifica la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se somete a información pública, por plazo de QUINCE DÍAS, contados a partir del día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, el expediente promovido por don Ulises García Alonso, para la ampliación de establo para ganado vacuno de carne en la parcela 43 del polígono 206, paraje La Sierra del pueblo de Penagos.
La documentación correspondiente queda expuesta durante dicho plazo en la Secretaría del Ayuntamiento de Penagos a efectos de posibles reclamaciones.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.1 de la Ley 3/2012, de 21 de junio, por la que se modifica la Ley de Cantabria 2/2001 de 25 de junio, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se somete a información pública, por plazo de QUINCE DÍAS, contados a partir del día siguiente al de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, el expediente promovido por la mercantil UGAC, SA, para la legalización y cambio de uso de fábrica de piensos, piquera y batería de silos en el paraje denominado La Callejuela del núcleo de Llanos, término municipal de Penagos.
La documentación correspondiente queda expuesta durante dicho plazo en la Secretaría del Ayuntamiento de Penagos a efectos de posibles reclamaciones.
Por Mariano Gómez Cobo se ha solicitado autorización para construcción de caseta de aperos en suelo rústico de Lloreda de Cayón (polígono 24; parcelas 249, 250 y 255 del Catastro de Rústica).
En cumplimiento del artículo 116 de la Ley 2/2001 de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, se abre información pública por espacio de 15 días a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria para que quienes se consideren afectados puedan formular las alegaciones que estimen procedentes.
El expediente se encuentra de manifiesto y puede ser consultado, durante las horas de oficina, en la Secretaría de este Ayuntamiento.
Por don Lorenzo Manuel González Prado se ha solicitado autorización para la construcción de un almacén para maquinaria y forrajes en suelo rústico sometido al régimen de especial protección, en el barrio de La Florida de Labarces (Valdáliga).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 116.1 de la Ley 2/2001, de Ordenación Territorial y Régimen Urbanístico del Suelo de Cantabria, el expediente se somete a información pública durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Cantabria, para que pueda ser examinado y para que, en su caso, se formulen frente al mismo y en dicho plazo las alegaciones que se estimen oportunas.
El expediente podrá ser examinado en la Secretaría del Ayuntamiento de Valdáliga de lunes a viernes y en horario de 8,30 a 15 horas, y las alegaciones se dirigirán al propio Ayuntamiento, presentándose en su Registro General o por cualquiera de los medios previstos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, y en el artículo 152.6 de su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se somete a información pública el proyecto que sirve de base a la solicitud de concesión de ocupación del dominio público marítimo-terrestre de referencia, formulada por el Ayuntamiento de Colindres.
El proyecto estará a disposición de cualquier persona interesada durante un plazo de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de este anuncio, y podrá ser examinado en las oficinas de la Demarcación de Costas en Cantabria, sita en la calle Vargas, nº 53, 3ª planta, de Santander, en horario hábil de lunes a viernes, de 09:00 a 14:00 horas, plazo durante el cual los interesados podrán formular las alegaciones que estimen oportunas.
Los vehículos que a continuación se relacionan, reúnen los requisitos establecidos en el artículo 106, de la vigente Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, "presentan desperfectos que hacen imposible el desplazamiento por sus propios medios o carece de ambas placas de matrícula".
Por la presente se requiere a los titulares que se citan en atención al referido artículo que en caso de que no retire su vehículo en el plazo de quince días contados desde esta notificación, se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano, siéndole de aplicación lo dispuesto en la vigente Ley 22/2011, de Residuos («Boletín Oficial del Estado» 181 de 29 de julio), que define en su artículo 3.b como residuo urbano o municipal los vehículos abandonados "el abandono, vertido o eliminación incontrolada de cualquier tipo de residuos no peligrosos sin que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente", en cuyo caso podrá ser sancionado como responsable de una infracción grave (art. 46.3.c de la citada Ley).
En el caso de que por este Ayuntamiento se procediese al achatarramiento de los vehículos, sería de aplicación la Tasa establecida por la vigente Ordenanza Fiscal para este concepto.
Por este Ayuntamiento se tramita expediente de baja de oficio del Padrón Municipal en relación a la inscripción padronal de la persona que a continuación se relaciona:
NOMBRE Y APELLIDOS: Doña Claudia Patricia Ospina Zamora.
DOCUMENTO: Y2146241X.
Siendo el motivo de su tramitación el no encontrarse acreditado que los interesados cumplan la obligación establecida al artículo 54 del Real Decreto 1.690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación de las Entidades Locales, de tener fijada su residencia en el domicilio indicado.
En consecuencia, en aplicación de lo establecido al artículo 72 del Real Decreto 1.690/1986 de julio y no habiendo podido efectuar la notificación al interesado al desconocerse el domicilio del mismo, es por lo que mediante el presente anuncio se notifica la incoación del expediente, concediéndose a los interesados un plazo de quince días hábiles a contar desde la publicación de este anuncio en el BOC, a fin de que pueda comparecer en el mismo y efectuar cuantas alegaciones considere oportunas, aportando igualmente si lo desea cuantas pruebas o documentos considere necesarios en defensa de sus derechos e intereses.
Doña María de las Mercedes Díaz Garretas, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Nº 2 de Santander,
Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de ejecución de títulos judiciales, con el nº 0000028/2016 a instancia de JOSÉ ANTONIO ABASCAL SAMPERIO y ÁNGEL CANO MANTECA frente a BELMONTE OBRAS Y SERVICIOS, SL y BERANGA FORESTAL, SL, en los que se ha dictado resolución de fecha 26/01/2017, del tenor literal siguiente:
SRA. LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
Dª. MARÍA DE LAS MERCEDES DÍEZ GARRETAS.
En Santander, 26 de enero de 2017.
ACUERDO: Declarar al/los ejecutado/s BELMONTE OBRAS Y SERVICIOS, SL, y BERANGA FORESTAL, SL, en situación de INSOLVENCIA TOTAL, que se entenderá a todos los efectos como PROVISIONAL, para hacer pago a los trabajadores y por las cantidades que a continuación se relacionan:
JOSÉ ANTONIO ABASCAL SAMPERIO por importe de 38.461,50 euros.
ÁNGEL CANO MANTECA por importe de 39.453,43 euros.
Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial, una vez sea firme la presente resolución.
Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado sobre los que actuar.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REVISIÓN por escrito ante el órgano judicial, dentro del plazo de TRES DÍAS contados desde el siguiente a su notificación, en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos sin que en ningún caso, proceda actuar en sentido contrario a lo que se hubiese resuelto.
Para la admisión del recurso se deberá acreditar a la interposición del mismo haber constituido un depósito de 25 € en la Cuenta Depósitos y Consignaciones de este órgano abierta en la entidad Banco Santander nº 3868000031002816, a través de una imposición individualizada indicando el tipo de recurso, salvo que el recurrente tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (D.A. Decimoquinta de la LOPJ).
Así por este Decreto lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe.
La letrada de la Administración de Justicia.
Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a BELMONTE OBRAS Y SERVICIOS SL y BERANGA FORESTAL, SL, en ignorado paradero, libro el presente.
Doña Oliva Agustina García Camona, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Santander,
Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de ejecución de títulos judiciales, con el número 0000182/2016 a instancia de María Suleyma Campo Alonso frente a Onda Cantabria Siglo XXI, S. L., en los que se ha dictado resolución auto-decreto de fecha 22/12/2016 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Acuerdo dictar orden general de ejecución y el despacho de la misma, a favor de doña María Suleyma Campo Alonso, como parte ejecutante, contra la empresa Onda Cantabria Siglo XXI, S. L., CIF:B-39557806; como parte ejecutada, por importe de 2.273,34 € de principal; presupuestándose además otros 341,66 € para los intereses y costas de la ejecución, lo que hace un total de despacho de ejecución de 2.615,00 €.
Este auto y el decreto que dicte el secretario judicial (artículo 551.3 LEC), junto con copia de la demanda ejecutiva, deben notificarse simultáneamente al ejecutado, sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN por escrito ante este órgano judicial, dentro del plazo de TRES DÍAS contados desde el siguiente a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que la resolución hubiera incurrido o el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos o requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento, documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, sin perjuicio del cual se llevará a efecto.
Para la admisión del recurso se deberá acreditar a la interposición del mismo haber constituido un depósito de 25 € en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano abierta en la entidad Banco Santander número 3855000064018216, a través de una imposición individualizada indicando el tipo de recurso, salvo que el recurrente tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (D.A. Decimoquinta de la LOPJ).
Notifíquese esta resolución al Fondo de Garantía Salarial.
Así por este auto lo acuerdo, mando y firmo.El magistrado juez".
Por lo expuesto;
Para dar efectividad a la ORDEN GENERAL DE EJECUCIÓN dictada en las presentes actuaciones a favor de doña María Suleyma Campo Alonso, como parte ejecutante, contra la empresa Onda Cantabria Siglo XXI, S. L., CIF: B-39557806; como parte ejecutada, por importe de 2.273,34 € de principal; presupuestándose además otros 341,66 € para los intereses y costas de la ejecución, lo que hace un total de despacho de ejecución de 2.615,00 €.
PRIMERO.- SE DECLARAN EMBARGADOS los siguientes bienes propiedad de la empresa ejecutada, en cuantía suficiente a cubrir la cantidad total por la que se ha despachado ejecución:
1.- Los saldos en cuentas a la vista, depósitos, valores o derechos mobiliarios de los que sea titular o beneficiario el ejecutado en los Bancos y Cajas de Ahorro incluidos en el correspondiente sistema informático del Punto Neutro Judicial del Consejo General del Poder Judicial; con el límite de las cantidades por las que se ha despachado ejecución, tanto por principal como lo presupuestado para intereses y costas de la ejecución.
A la vista del resultado obtenido a través del Punto Neutro Judicial sobre cuentas bancarias de las ejecutadas, se acuerda:
Librar oficio a las entidad BANCO SANTANDER S. A. para que se tome nota de embargo y retención de las cantidades existentes en las cuentas de su titularidad (PRESENTES O FUTURAS), hasta que quede saldada integramente la deuda contraida y se le comunique nuevamente por este Juzgado orden de alzamiento del embargo ahora decretado.
2.- SE EMBARGAN las devoluciones que por cualquier concepto (IRPF/ IVA o cualquier otra devolución o pago de naturaleza tributaria) deba percibir la empresa apremiada de la Administración Tributaria, hasta cubrir el importe total por el que se ha despachado ejecución (principal e intereses y costas provisionalmente presupuestados). Llévese a efecto tal traba mediante la introducción de los datos precisos en el sistema informático correspondiente, documentándose en las actuaciones tanto la solicitud como su resultado.
3.- SE EMBARGAN, con el límite de la referida cantidad de despacho total de la ejecución las facturaciones, créditos pendientes de pago o cualesquiera otras cantidades que por sus relaciones comerciales/industriales u otros conceptos tenga a su favor la empresa ejecutada, con las empresas ajenas a este procedimiento que a continuación se relacionan, y que aparecen como clientes del ejecutado en la base de datos de la A.E.A.T., debiendo consignar las cantidades que adeuden a la empresa apremiada, a la fecha de su vencimiento, en la cuenta de consignaciones y depósitos de este Juzgado y procedimiento, librándose los oportunos oficios haciendo constar los apercibimientos y advertencias legales correspondientes.
1. NORTE MECÁNICA S. L.
2. SERVICIOS ORGANIZADOS MULTIMARCA KM 100.
Y adviértase: a) que el pago que en su caso hiciere al apremiado no sería válido, (Arts. 1165 del Código Civil) y que asimismo la transferencia ordenada le libera de toda responsabilidad frente al acreedor, y b) de las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo (art. 257-1º.2 del CP).
SEGUNDO.- Con el fin de comprobar la existencia de otros bienes o derechos de naturaleza hipotecaria de los que sea titular o beneficiario el ejecutado; consúltese mediante el procedimiento telemático dispuesto por el C.G.P.J. el Servicio de índices del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, dejando la oportuna constancia de su resultado en los autos.
TERCERO.- Requiérase al ejecutado para que manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, con apercibimiento de las sanciones que pueden imponérsele, cuando menos por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren.
Requiérase al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo de QUINCE DÍAS inste lo que a su derecho convenga.
Adviértase a las partes que deben comunicar inmediatamente a este órgano judicial cualquier cambio de domicilio, número de teléfono, fax, correo electrónico que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 LEC).
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REVISIÓN por escrito ante el órgano judicial, dentro del plazo de TRES DÍAS contados desde el siguiente a su notificación, en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Dicho recurso carecerá de efectos suspensivos sin que en ningún caso, proceda actuar en sentido contrario a lo que se hubiese resuelto.
Para la admisión del recurso se deberá acreditar a la interposición del mismo haber constituido un depósito de 25 € en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano abierta en la entidad Banco Santander número 3855000064018216, a través de una imposición individualizada indicando el tipo de recurso, salvo que el recurrente tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (D.A. Decimoquinta de la LOPJ).
Así lo acuerdo y firmo; doy fe. La letrada de la Administración de Justicia".
Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a Onda Cantabria Siglo XXI, S. L., en ignorado paradero, libro el presente.
Doña Oliva Agustina García Carmona, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 4 de Santander.
Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de procedimiento ordinario, con el número 0000630/2016 a instancia de Jorge Arenas Saiz frente a Administración de Comunidades, S. L., en los que se ha dictado sentencia de fecha 23/01/2017, del tenor literal siguiente:
En atención a lo expuesto, se estima íntegramente la demanda interpuesta por don Jorge Arenas Saiz contra la Administración de Comunidades Afinca, S. L. y, en consecuencia:
— Se condena a la Administración de Comunidades Afinca, S. L. a pagar a don Jorge Arenas Saiz la cantidad de 2.466,52 euros más los intereses del artículo 29.3 ET.
Con las consecuencia legales de este pronunciamiento para el interviniente FOGASA.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es firme y que contra ella no cabe ningún recurso.
Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo".
Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a Administración de Comunidades, S. L., en ignorado paradero, libro el presente.
Doña Oliva Agustina García Carmona, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Nº 4 de Santander,
Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de despidos/ceses en general, con el nº 0000510/2016 a instancia de SERGIO GÓMEZ CONCHA frente a REPITEL HUELVA, SL, en los que se ha dictado sentencia nº 408/16 de fecha 20/10/16, con el Fallo del tenor literal siguiente:
Se estima la demanda formulada por don Sergio Gómez Concha contra la empresa Repitel Huelva, SL, se declara improcedente el despido efectuado al actor y se condena a la empresa demandada, a que a su elección, opte en el plazo de 5 días, a la readmisión del actor con abono de los salarios de tramitación desde el 11 de julio de 2016 hasta la efectiva admisión, o al abono de una indemnización de 678,15 euros.
La opción prevista en el párrafo anterior deberá ejercitarse mediante escrito o comparecencia ante esta oficina judicial en el plazo de cinco días a partir de la notificación de esta sentencia, sin perjuicio del recurso que contra ésta se pueda interponer. Caso de no ejercitar la misma, se entenderá que el demandado opta por la readmisión.
Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse ante este órgano judicial dentro de los cinco días siguientes a su notificación por comparecencia o por escrito de las partes, su abogado o representante, designando el letrado que deberá interponerlo, siendo posible el anuncio por la mera manifestación de aquellos al ser notificados. La empresa condenada deberá al mismo tiempo acreditar haber consignado el importe de la indemnización y en su caso, salarios de tramitación en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este órgano judicial abierta en el Banco Santander nº 3855000065051016, pudiendo sustituirse por aseguramiento mediante aval bancario, constando la responsabilidad solidaria del avalista; así mismo deberá ingresar la cantidad de 300 euros en la misma cuenta y en impreso separado del importe de la condena.
Así por ésta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de su fecha, por el Ilmo. Sr. Magistrado que la suscribe, en la Sala de Audiencias de este Juzgado. Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a REPITEL HUELVA, SL, en ignorado paradero, libro el presente.